El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valdivia dictó este martes 30 de agosto, veredicto condenatorio en contra de autores y cómplice del delito consumado de incendio en lugar habitado. Ilícito perpetrado en agosto de 2018, en la localidad de Coñaripe, comuna de Panguipulli.
Se trata de Jean Paul Durán Painenao, Óscar Sandrino Leiva González y Rony Osvaldo Aillapi Arias en calidad de autor ejecutor, autor inductor y cómplice, respectivamente.
En resolución unánime (causa rol 22-2020), el tribunal tras la deliberación de rigor, dio por acreditado tanto la comisión del delito como la participación culpable que tuvo cada uno de los acusados en los hechos acreditados.
El tribunal arribó a la convicción, más allá de toda duda razonable, que el acusado Leiva González contrajo matrimonio con la ciudadana cubana Donna González Ancizar el 3 de agosto de 2009, convivencia que se mantuvo hasta mayo de 2017.
“Oportunidad en que esta expresó en sede judicial su voluntad de poner fin a la vida en común, debido a la violencia física, psicológica e infidelidades de parte de Leiva González", expresa la resolución.
"Aquella decisión no fue aceptada por el acusado, quien inicio una conducta de hostigamiento en contra de la mujer, más aún cuando supo que mantenía una relación sentimental con una tercera persona, incluso mediante llamada telefónica efectuada el 20 de agosto de 2019 donde procedió a amenazarla de muerte”, agrega.
En dicho contexto, en horas de la madrugada del 21 de agosto de 2018, los acusados Jean Paul Durán Painenao y Rony Osvaldo Aillapi Arias, se trasladaron desde el domicilio particular del primero, ubicado en calle Los Olivillos 170 de Coñaripe hasta el sector de Captación de Aguas de la referida localidad.
En dicho lugar se hallaban las cabañas habitadas en ese tiempo por Donna González Ancizar. En dicho trayecto el acusado Durán Painenao portó un bidón contiendo un líquido inflamable, con la intención de quemar la cabaña donde estuviera pernoctando la mujer.
“Llegado al lugar, el acusado ingresa al terreno donde se hallaban varias cabañas, errando en el inmueble al afectar la vivienda de la víctima Jéssica Alejandra Pérez Abarzúa, contigua a las cabañas de Donna González”.
“En efecto, en presencia de Aillapi Arias, procedió a verter aquel líquido inflamable en el vehículo Station Wagon, marca Renault, modelo Duster, color gris, placa patente HKYX.60, para luego prenderle fuego, móvil que se encontraba estacionado a centímetros de la morada de la víctima, debajo de un cobertizo”.
Las llamas se propagaron a la casa habitada, en cuyo interior se encontraba durmiendo junto a sus dos hijos, de 9 y 4 años, además de un colega de trabajo. “Acción que se ejecutó sabiendo o no pudiendo menos que saber que el inmueble se encontraba actualmente habitado”.
"No obstante, la ofendida junto a los moradores logrando huir desde el interior de la vivienda, al despertar y percatarse de la presencia del fuego”, añade el acta de deliberación.
Iniciado el fuego los acusados retornaron corriendo al domicilio de Los Olivillos N° 170, lugar donde Durán Painenao confesó a Aillapi Arias, que el incendio era por un encargo a cambio de dinero, efectuado por Óscar Sandrino Leiva González.
"Cerca de las 09.00 horas, Rony y Jean Paul se retiran del inmueble indicado, dirigiéndose hasta el Cesfam de Coñaripe, lugar donde Óscar Leiva pagó con dinero en efectivo a Jean Paul Durán la ejecución del encargo que había encomendado”.
A consecuencia del fuego, el vehículo resultó completamente destruido, en tanto, la vivienda sufrió daños por la propagación de las llamas en tres dormitorios, un baño, living comedor y cocina, además, de provocar la muerte de dos mascotas de la familia de la víctima.
La audiencia de comunicación de la sentencia, que será redactada por el magistrado Olmedo Donoso, quedó programada para las 11:00 horas del miércoles 7 de septiembre.
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