Hasta ahora, sólo la mujer puede pasar a ser carga familiar del hombre en caso de quedar desempleada o decidir no trabajar más. Pero si es el marido el que se enfrenta a esa situación, queda totalmente desprotegido pues la ley no contempla esa posibilidad.
Para remediar este escenario y buscar emparejar los derechos, con diez votos a favor, la Comisión de Mujeres aprobó esta semana un proyecto que garantiza igualdad entre los cónyuges en el ámbito de cargas familiares, para efectos de las prestaciones de salud que otorga la ley.
La iniciativa busca restablecer el sentido genuino de las cargas familiares a partir del principio de igualdad, es decir, no solo “la” cónyuge es causante de asignación familiar, sino que también puede serlo “el” cónyuge.
En ese sentido, la iniciativa concluye que por regla general, ambos cónyuges, en virtud de esta interpretación, podrán ser carga recíprocamente, punto sobre el cual avanza el proyecto en tramitación. Además, se alinea con la Ley 20.830, que crea el Acuerdo de Unión Civil.
Cabe recordar que la discusión se origina en la problemática que establece que “el” cónyuge no pueda ser considerado carga de “la” cónyuge, idea que hace referencia en la antigua legislación previsional.
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